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El corte de líneas corporativas por CURP ya llegó a la terminación 3: la auditoría que tu flotilla necesita antes de su turno
La CRT suspende líneas móviles por bloques según el último dígito del número: terminación 3 tiene hasta el 30 de septiembre de 2026. Para empresas con decenas de líneas no hay límite por RFC, pero el trámite tampoco es instantáneo.
Si tu empresa tiene una fuerza de ventas, una flotilla de reparto o un equipo de soporte en campo con celular corporativo, hoy es el día para revisar el estado de esas líneas. La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) está suspendiendo el servicio móvil por bloques según el último dígito del número: las terminadas en 0 y 1 ya se cortaron en agosto, las terminadas en 2 el 15 de septiembre, y las terminadas en 3 tienen hasta el 30 de septiembre de 2026, es decir, dos días a partir de hoy. No es la nota del registro individual que ya cubrieron los medios generales en junio: es un calendario que sigue avanzando dígito por dígito hasta diciembre, y una empresa con decenas de números corporativos puede perder servicio en varias líneas a la vez sin que nadie lo haya coordinado.
Qué cambió respecto a la primera fase
El trámite de vincular cada línea móvil a una CURP (personas físicas) o a un RFC (personas morales) no es nuevo: los lineamientos de la CRT se publicaron en el Diario Oficial de la Federación en diciembre de 2025 y fijaban el 30 de junio de 2026 como fecha límite única. Esa fecha llegó y sólo el 43% de las líneas del país (63 de 144.5 millones) se habían vinculado, según reportó El Universal sobre la prórroga de la CRT. Ante ese resultado, la comisión extendió el plazo hasta el 31 de diciembre de 2026, pero lo repartió en un calendario escalonado por el último dígito del número, y aclaró que ese calendario aplica tanto a líneas de prepago como de pospago, no sólo a las de prepago como se pensó al inicio.
El calendario completo, según el mismo lineamiento:
| Terminación | Fecha límite |
|---|---|
| 0 | 15 de agosto de 2026 |
| 1 | 31 de agosto de 2026 |
| 2 | 15 de septiembre de 2026 |
| 3 | 30 de septiembre de 2026 |
| 4 | 15 de octubre de 2026 |
| 5 | 31 de octubre de 2026 |
| 6 | 15 de noviembre de 2026 |
| 7 | 30 de noviembre de 2026 |
| 8 | 15 de diciembre de 2026 |
| 9 | 31 de diciembre de 2026 |
Cada línea sin vincular recibe avisos por SMS antes de su fecha límite. Después del corte, hay una ventana de 72 horas en la que el operador limita el servicio antes de suspenderlo por completo, según describe el reporte de El Imparcial sobre la terminación 2. La reactivación, una vez completado el registro, no es inmediata para una empresa: depende de que alguien reúna la documentación correcta primero.
Los números que muestran el tamaño del rezago
Para mediados de septiembre de 2026, específicamente alrededor del 14-16 de septiembre, la CRT reportaba cerca de 84 millones de líneas vinculadas a nivel nacional. Pero el rezago sigue siendo grande por bloque: según el análisis de El Financiero sobre las líneas suspendibles, al 22 de septiembre de 2026 había 7,327,414 líneas sin vincular sólo entre las terminaciones 0, 1 y 2: 2,593,019 de las terminadas en 0 (21.1% de esa terminación), 1,902,619 de las terminadas en 1 (16.6%) y 2,049,362 de las terminadas en 2 (17.8%). Esas cifras no distinguen entre personas físicas y morales, así que no hay manera de saber qué proporción son líneas corporativas. Lo que sí es consistente entre las fuentes es que una de cada cinco líneas, aproximadamente, sigue llegando a su fecha límite sin registro.
Qué exige el trámite si tu empresa tiene el RFC de varias líneas
Para personas morales no hay tope de líneas por RFC, a diferencia de las personas físicas, que tienen un límite de diez. Pero el trámite tampoco es un clic: según el artículo de Infobae sobre el registro para empresas, lo que cada operador pide es RFC y razón social de la empresa, identificación oficial vigente del representante legal, y un documento que acredite su personalidad jurídica ante la compañía telefónica. Algunos operadores piden además la e.firma del SAT para validar la identidad en el portal digital.
Una aclaración importante: la constancia de situación fiscal que menciona parte de la cobertura sobre este tema no es un requisito general para personas morales, sino un documento que sólo necesitan las personas físicas con actividad empresarial que ya tenían diez o más líneas de pospago antes de que entraran en vigor los lineamientos, para poder superar ese límite. Si tu empresa está constituida como persona moral, no la necesitas para este trámite específico.
La validación se hace operador por operador: no existe un padrón único donde una empresa registre sus líneas una sola vez y cubra Telcel, AT&T, Movistar y sus operadores virtuales al mismo tiempo. Cada compañía telefónica resguarda su propia base, y el gobierno no tiene acceso centralizado a esos datos.
Qué revisar en tu operación, en este orden
- Haz el inventario primero. Junta la lista completa de líneas corporativas por proveedor y por terminación de número. Si no existe ese inventario, ese es el primer hueco que hay que cerrar, antes de tocar el trámite.
- Confirma a nombre de quién está cada línea. Es común que líneas corporativas queden registradas a nombre de un empleado que ya no trabaja ahí, no de la empresa. Eso complica la vinculación y deja el número expuesto si se reasigna en el futuro.
- Revisa qué líneas están dadas de alta en el Buzón Tributario del SAT. Si el SAT envía avisos por SMS a un número que se va a suspender, la empresa puede perder la notificación oportuna de un requerimiento, aunque el correo electrónico sigue funcionando como canal alterno.
- Identifica las líneas que sostienen banca móvil, tokens o códigos de acceso a sistemas críticos. Si esa línea se corta a media operación, necesitas saber de antemano cuál es el respaldo.
- Reúne la documentación del representante legal con anticipación. Identificación vigente y el documento que acredite la personalidad jurídica ante cada operador tardan en juntarse si se dejan para el último día.
- Prioriza por fecha límite, empezando por las terminaciones más próximas.
Ese inventario y ese seguimiento por número, proveedor y fecha son exactamente el tipo de proceso que hoy vive repartido entre hojas de cálculo y memoria de quien administra la flotilla, y es justo lo que resuelve convertir ese seguimiento en un flujo digital que avisa antes de que la fecha límite pase, en vez de enterarse cuando la línea ya no tiene servicio.
Dónde esto no aplica, y dónde el reflejo obvio es el equivocado
Las SIM de sólo datos, M2M e IoT están exentas por definición: los lineamientos de la CRT exceptúan a los números asociados a una SIM sin capacidad técnica para generar llamadas de voz, SMS o llamadas por internet. Eso cubre GPS de vehículos, terminales de pago, cámaras de seguridad y sensores. Si tu flotilla usa telemetría con SIM M2M, esas tarjetas no entran en este calendario y no vale la pena gastar tiempo intentando vincularlas.
Tampoco es correcto asumir que toda línea de pospago corporativa necesita el trámite: las que ya quedaron vinculadas al momento de contratar el servicio no tienen que repetirlo, aunque conviene confirmarlo con el operador en vez de darlo por hecho, porque el criterio de qué contaba como "ya vinculada" cambió más de una vez durante 2026.
Y el reflejo de esperar a que se corte la línea para entonces reaccionar es el que más cuesta: la reactivación es rápida una vez que el registro está completo, pero para una empresa con varias líneas simultáneas, juntar identificación del representante legal, documento de personalidad jurídica y hacer el trámite operador por operador no se resuelve en la misma tarde en que se corta el servicio. El costo no es el trámite: es la coordinación que se necesita cuando se hace bajo presión en vez de con antelación. Esa misma lógica de auditar antes de que algo falle es la que describimos en el artículo sobre el sello digital y el nuevo CFF y en la nota sobre integrar los sistemas de una empresa antes de comprar otra herramienta.
Si tu flotilla corporativa suma docenas de líneas repartidas entre ventas, reparto y soporte, ese inventario y seguimiento se puede construir como proceso permanente, no como carrera contra cada fecha límite que la CRT anuncie.
Fuentes
- Las líneas telefónicas terminadas en 2 tienen hasta el 15 de septiembre de 2026 para registrar su celular con CURP e INE (El Imparcial, 14 de septiembre de 2026)
- Registro de celular con CURP: ¿qué líneas deben vincularse en septiembre de 2026? (El Imparcial, 6 de septiembre de 2026)
- Registro Celular con CURP: ¿Cómo se realiza para empresas y personas morales en más de una línea? (Infobae, 13 de junio de 2026)
- CRT anuncia prórroga para registro de celulares; fecha límite será escalonado (El Universal)
- ¿Qué números no están obligados a hacer el registro de celulares? (Expansión, 10 de abril de 2026)
- 7.3 millones de líneas móviles son suspendibles por falta de vinculación (El Financiero, 22 de septiembre de 2026)
- Registro obligatorio de líneas celulares: impacto fiscal y empresarial (Astiazarán Santillán Contadores)
- La CRT aprueba y emite los Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles (gob.mx)
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